Análisis prenupciales: todo lo que deben saber sobre este requisito para el civil
Aunque en algunas provincias ya no sea un requisito obligatorio y se exime a los futuros esposos de presentarlo, otras mantienen la formalidad de los estudios prenupciales. La modificación del Código Civil vigente desde 2015 eliminó esta obligación.
La presentación de análisis prenupciales solía ser un requisito obligatorio. En la actualidad es optativo en muchas provincias, luego de las modificaciones del Código Civil. En la recta final de los preparativos de la boda llega el momento de pedir el turno en el Registro Civil. Les contamos todo lo que tienen que saber sobre esta instancia previa al casamiento y su marco legal.
1. Marco legal
Los exámenes prenupciales están amparados por la Ley Nacional N° 12331 de 1937, que fue sancionada para la creación del Instituto de Profilaxis de las Enfermedades Venéreas. El art. 13 establece que “las autoridades sanitarias deberán propiciar y facilitar la realización de exámenes médicos prenupciales”. En las primeras tres décadas, solo se aplicaba la obligatoriedad de la norma a la población masculina. En 1965 la Ley Nacional N° 16668 la extendió al sexo femenino.
2. Según el Código Civil
El Código anterior a 2015 tenía incorporado la obligatoriedad de presentar el certificado médico prenupcial mediante la Ley 23515 que modifica varios artículos referidos al matrimonio. Si bien esta ley no se derogó (tampoco la de profilaxis), el Código nuevo regula específicamente la celebración del matrimonio y, por otro lado, la Ley Nacional 26413 del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Persona dispone en el art. 52 que “el matrimonio se celebrará en la forma establecida en el Código Civil, debiendo los contrayentes presentarse provistos de la documentación necesaria ante la autoridad competente para celebrarlo”.
3. En la actualidad
En CABA y en varias provincias, el Estado exime a los futuros esposos de la obligación de presentar los certificados prenupciales, adecuando los procedimientos vigentes al Código Civil y los requisitos que establece el art. 416 para contraer matrimonio (en el que no se solicita este certificado). Cada jurisdicción se va modernizando en el marco de la Ley Nacional 26413 que manifiesta en el art. 2 que cada registro civil será organizado por los propios gobiernos provinciales y de la Ciudad. Entonces, cada provincia se va sumando a los cambios del nuevo Código Civil, de acuerdo con sus propias estructuras y de forma progresiva.
4. Objetivo del certificado prenupcial
Las normas pretenden identificar a la población que padece enfermedades de transmisión sexual, pero también están signadas por la época en que se elaboraron. En la actualidad y en virtud de los cambios culturales y el respeto por los derechos individuales, los análisis prenupciales ya no resultan obligatorios en varias provincias. Sin embargo, las oficinas informan el carácter de trámite voluntario para aquellas parejas que opten por presentarlos, quienes deben cumplir con los exámenes clínicos y de laboratorio pertinentes con una fecha no mayor a 7 días hábiles antes de la celebración de la boda. Luego se devolverá el formulario al Registro Civil con una antelación no menor de 3 días a la fecha establecida para el matrimonio.
5. Qué análisis incluye el examen prenupcial
La prueba serológica se enfoca únicamente en la detección de sífilis. El examen médico para matrimonio civil mide anticuerpos presentes producidos si el paciente entra en contacto con la bacteria que causa la enfermedad. Hoy en día la sífilis sigue constituyendo un problema mundial, a pesar de las medidas profilácticas instauradas. Por otro lado, el examen no incluye otros análisis de enfermedades de transmisión sexual, a menos que se solicite en forma especial.
6. En qué provincias no es obligatorio
En 2018 la obligatoriedad de presentar los análisis prenupciales se eliminó de la normativa para casarse en la Ciudad. En provincias como Buenos Aires, Chaco, San Juan, Santa Cruz, Salta, Mendoza, Santiago del Estero, Misiones, Tierra del Fuego, Santa Fe, Córdoba y Entre Ríos tampoco rige la obligatoriedad.
En suma, en algunas provincias pueden optar por presentar los análisis prenupciales. En la guía completa sobre el casamiento civil, encontrarán todos los requisitos para casarse por el civil en Argentina.