Matrimonio igualitario en Argentina: una ley para seguir celebrando la diversidad
La promulgación de la Ley de Matrimonio Igualitario convierte a la Argentina en pionera en Latinoamérica. Es un orden jurídico que pone en valor la integración popular de los derechos plenos de todas las personas. Aquí, todo lo que deben saber.
De a poco las sociedades inician un proceso de reconocimiento de los derechos de los distintos colectivos. Es el caso del matrimonio entre personas del mismo sexo, que en Argentina resignifica la democratización de la sociedad. Para que anuncien la novedad y todos preparen sus mejores trajes y vestidos, les contamos los puntos sobresalientes del matrimonio igualitario en Argentina.
1. Marco legal
2. Interpretación de la ley
3. Contexto en Latinoamérica
4. Requisitos
5. Los testigos y la ceremonia
6. Requisitos para personas extranjeras
1. Marco legal
¿Cuándo se legalizó la ley de matrimonio igualitario en Argentina? La Ley 26618 de Matrimonio Civil (2010), conocida como la Ley del Matrimonio Igualitario, ubicó a la Argentina entre los diez primeros países del mundo, y en el primer lugar en Latinoamérica, que permitieron el matrimonio civil entre dos personas del mismo género. El 15 de julio de 2010 fue un día histórico en la legislación sobre los derechos civiles en nuestro país.
2. Interpretación de la ley
A fin de permitir el matrimonio igualitario, el nuevo Código Civil establece en el art. 402: “Ninguna norma puede ser interpretada ni aplicada en el sentido de limitar, restringir, excluir o suprimir la igualdad de derechos y obligaciones de los integrantes del matrimonio, y los efectos que éste produce, sea constituido por dos personas de distinto o igual sexo”.
3. Contexto en Latinoamérica
La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) llamó a los países de América Latina a legalizar el matrimonio igualitario y a adoptar los derechos que derivan de este vínculo. La opinión consultiva emitida en enero de 2018 responde a una consulta del gobierno de Costa Rica y se dirige a todos los países firmantes de la Convención Americana de Derechos Humanos.
Canadá, Argentina y Uruguay fueron países precursores en aprobar el matrimonio igualitario por ley del Congreso. En Estados Unidos, Colombia y Brasil, la legalización a nivel federal fue por vía judicial, y en México la regulación del matrimonio igualitario es materia federativa, por lo cual aún no llega a todos los estados. Ecuador y Chile hicieron legal el matrimonio igualitario en 2019 y 2021, respectivamente. En Venezuela, Paraguay y Perú no rige el matrimonio igualitario; en el caso de Perú, hay un reconocimiento limitado a los derechos patrimoniales. En Bolivia tampoco se aplica, pero hubo un caso reconocido como unión civil.
En 2019 Brasil fue el país que registró el número más alto de matrimonios del mismo sexo en América Latina con más de un millón de enlaces, seguido de México con medio millón.
4. Requisitos
Según la Ley 26618, corresponden los mismos requisitos y efectos que para un matrimonio heterosexual. Para iniciar los trámites tienen que dirigirse al Registro Civil que corresponda al domicilio de cualquiera de ustedes y completar la solicitud inicial con estos datos:
- Sus nombres, apellidos y DNI.
- La edad, nacionalidad, lugar de nacimiento, domicilio y profesión de ustedes.
- Los nombres y apellidos, nacionalidad, documentos de identidad, domicilio y profesión de sus padres.
- En caso de haber estado casado antes, el nombre y apellido de su anterior cónyuge, el lugar del casamiento y la causa de su disolución, con los certificados correspondientes.
5. Los testigos y la ceremonia
El matrimonio se debe celebrar públicamente, ante el oficial público encargado del Registro Civil. Necesitan la presencia de 2 testigos si la ceremonia se realiza en el recinto oficial, pero si se celebra fuera de este espacio, tienen que contar con 4 testigos. El protocolo de las ceremonias civiles transcurre de la forma acostumbrada. Hoy en día las ceremonias civiles son susceptibles de personalización, de modo que pueden agregar decoración, música, lecturas, participación de los invitados o ingresos especiales.
6. Matrimonio para extranjeros no residentes
A partir del artículo 20 de la Constitución, sabemos que “los extranjeros gozan en el territorio de la Nación de todos los derechos civiles del ciudadano”, entre ellos, “casarse conforme a las leyes”. Pero además, la Ley del Matrimonio Igualitario en Argentina permite a los extranjeros no residentes (turistas) a celebrarlo sin inconvenientes. En esto también nuestro país está a la vanguardia, luego de Canadá.
7. Requisitos para personas extranjeras
Los requisitos son sencillos y comunes a todas las provincias del país:
- Permanecer al menos cinco días en la ciudad/provincia elegida en un domicilio comprobable.
- Presentar documentos de identidad (países limítrofes) o pasaporte (otros países) sellado con el ingreso al país.
- Designar dos testigos.
Cada vez más turistas extranjeros eligen la Argentina para casarse bajo la Ley de Matrimonio Igualitario. Como dice Esteban Paulón, director ejecutivo del Instituto de Políticas Públicas LGBT+1, en muchos casos, esta ley ayuda a las familias a reunificarse o pelear por ese derecho en sus países de origen. Celebramos la importancia de esta ley para reconocer a las personas del colectivo LGBT+ como plenos sujetos de derechos.